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Acción derivada del incumplimiento reiterado de medidas correctivas y de
urgente aplicación dictadas a dicha compañía
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Impone medida de seguridad para evitar el posible derrame de alguna sustancia
que entre en contacto con organismos vivos, suelo natural o afluentes
La
Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) clausuró de manera
total temporal a la empresa Metales de Baja California, S. de R.L. de C.V.,
ubicada en el municipio de Tijuana, por
el incumplimiento reiterado de diversas obligaciones ambientales que ponen en
riesgo el equilibrio ecológico y por el irregular manejo de los residuos
peligrosos en sus instalaciones.
La
PROFEPA impuso la medida de seguridad
tras detectar irregularidades luego de una visita de inspección y con el
fin de evitar el posible derrame de alguna sustancia que pudiera entrar en
contacto con organismos vivos, suelo natural o afluentes.
Personal
de esta Procuraduría adscrito al estado de Baja California realizó visita
de inspección a la empresa referida, cuyo giro es el reciclaje de metales y plásticos, durante la
cual detectó que el almacenamiento de residuos peligrosos se llevaba a cabo de
manera irregular a lo ordenado por la legislación ambiental.
Asimismo,
se observaron sólidos impregnados de grasa y aceite en contenedores asignados a
la basura urbana, así como tierra contaminada con hidrocarburos en distintas
áreas de sus instalaciones.
También
se constató que la empresa no tiene registrada la totalidad de los residuos peligrosos que
genera ante la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT); no
cuenta con un almacén temporal especial para éstos; carece de una bitácora de generación de los
mismos; y no realiza una identificación adecuada de ellos.
Por
tal motivo, mediante acuerdo de emplazamiento se le ordenaron a la empresa
diversas medidas correctivas y de urgente aplicación a fin de que subsanara las irregularidades
detectadas y con ello evitar efectos adversos al medio ambiente.
No
obstante, mediante visita de verificación realizada el 17 de julio de 2014, se
constató que las medidas impuestas por esta autoridad fueron incumplidas en su
totalidad.
Acto
seguido, el 13 de noviembre de 2014 fue notificada la resolución administrativa
en el proceso abierto a través de la
cual se impuso una multa de $ 51,140.40,
equivalente a 760 días de salario mínimo, así como la ratificación de la
orden para cumplir con las medidas ordenadas anteriormente.
Transcurrido
el término de ley, en fecha 18 de marzo de 2015 se realizó una nueva
verificación sobre el cumplimiento de la
resolución dictada; de nueva cuenta la
empresa incumplió las obligaciones ambientales establecidas.
Debido
a que la empresa hizo caso omiso a lo ordenado en distintos acuerdos, la
PROFEPA ordenó la Clausura Total Temporal de las zonas donde se generan
residuos peligrosos, como las áreas de mantenimiento y compactación.
Lo
anterior, con fundamento en el artículo 112 fracción I de la Ley General para
la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, en relación con el artículo
171 fracción II de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al
Ambiente.
PROFEPA
estará vigilante del cumplimiento de la medida de seguridad establecida y dará
seguimiento al proceso administrativo hasta emitir la resolución que a derecho
corresponde.
El
quebrantamiento de sellos, tipifica un delito y se sanciona conforme al Código
Penal Federal.
Cabe
recordar que quienes generen residuos peligrosos deberán identificar,
clasificar, envasar, marcar o etiquetar, manejar y almacenar, de conformidad
con las disposiciones contenidas en las leyes ambientales y sus reglamentos,
así como en las Normas Oficiales Mexicanas competentes en la materia.
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